La Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos fue producto de la Reconstrucción después de la Guerra Civil de los Estados Unidos. Fue adoptada el 9 de julio de 1868 y originalmente tenía el propósito de abordar asuntos de ciudadanía y otros asuntos relacionados con ex esclavos que fueron liberados como resultado de la guerra.
La Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda, en particular, ha tenido implicaciones de gran alcance para nuestra comprensión de la ciudadanía estadounidense. Esta cláusula volcó el histórico Dred Scott v. Sanford La decisión de la Corte Suprema de 1857, que establecía que los esclavos nacidos en los Estados Unidos de los esclavos africanos no podían ser ciudadanos, y servía para definir oficialmente los derechos de ciudadanía como "todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos". ", Originalmente establecida en la Ley de Derechos Civiles de 1866, se protegería permanentemente dentro de una enmienda constitucional que no podría ser revocada fácilmente, ya que la idea era increíblemente polémica en ese momento, y para algunos, todavía lo es hoy.
La ciudadanía por nacimiento en los Estados Unidos significa que a un niño nacido bajo ciertas circunstancias de parentesco o ubicación se le otorgan de manera permanente todos los derechos y privilegios de la ciudadanía estadounidense, como votar y viajar libremente al país. Hay dos formas de ciudadanía por nacimiento aceptadas en los Estados Unidos: jus soli y jus sanguinis.
Jus soli
Esta forma de ciudadanía por derecho de nacimiento, que significa "derecho del suelo", se refiere a los niños a quienes se les otorga la ciudadanía en los EE. UU. Porque nacieron físicamente en suelo estadounidense. Incluso si sus padres no son ciudadanos de los EE. UU., Si nacen en los EE. UU., Son automáticamente ciudadanos de los EE. UU. Esta forma de ciudadanía por nacimiento también se extiende a las tribus nativas americanas, los niños de padres desconocidos menores de 5 años que se encuentran en los EE. UU. (Palmyra Atoll), así como los territorios de Puerto Rico, Guam, las Islas Vírgenes de los EE. UU. y las Islas Marianas del Norte. Los niños nacidos en las posesiones periféricas de los Estados Unidos, Samoa Americana y la Isla Swains, se consideran ciudadanos estadounidenses pero no ciudadanos.
Jus Sanguinis
Esta forma de ciudadanía por derecho de nacimiento, que significa "derecho de la sangre", se refiere a los niños nacidos de uno o más padres que son ciudadanos de los EE. UU., Sin importar dónde hayan nacido. Estas condiciones solo se aplican a los padres legalmente casados. Si ambos padres son ciudadanos de los EE. UU., El niño también será ciudadano de los EE. UU. Si alguno de los padres ha residido en los EE. UU. Antes del nacimiento del niño. Si uno de los dos padres es ciudadano de los EE. UU. Y el otro es ciudadano de los EE. UU., El niño será ciudadano de los EE. UU. Si el progenitor ciudadano de los EE. UU. Ha vivido en los EE. UU. Por un período continuo de al menos un año antes nació. Finalmente, si uno de los padres es ciudadano estadounidense y el otro no, el padre ciudadano debe haber estado físicamente presente en los EE. UU. Durante un total de cinco años, dos de los cuales deben haber sido posteriores a su decimocuarto cumpleaños. Existe un conjunto más intrincado de reglas con respecto a los niños nacidos fuera del matrimonio de un padre ciudadano estadounidense.
El principio de la ciudadanía por derecho de nacimiento tiene numerosas implicaciones con respecto a la inmigración, así que contacte a Saleh & Associates para obtener más información.